Cadre réglementaire

MARCO NORMATIVO

El actual Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que regula en nuestro país las exigencias relacionadas con la calidad, seguridad y habitabilidad en los edificios, así como de las personas que viven en ellos.

CTE DB HE 1. Ahorro de energía

El Código Técnico de la Edificación (CTE) en su Documento Básico de Ahorro Energético (DB HE) tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permitan cumplir las exigencias básicas de ahorro de energía, tanto en edificios nuevos, como rehabilitaciones.El objetivo de dicho Documento Básico está basado en un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo su consumo a límites sostenibles y conseguir, asimismo, que una parte de dicho consumo proceda de fuentes de energía renovables.

 

Según el CTE DB HE 1. Ahorro energético: « Los edificios dispondrán de una envolvente de características tales que limite adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad, del uso del edificio y del régimen de verano e invierno, así como por sus características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, reduciendo el riesgo de aparición de humedades de condensación superficiales o intersticiales que pueden perjudicar sus características y tratando adecuadamente los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos de los mismos”.

 

El CTE determina el valor máximo de transmitancia térmica que ha de tener el cerramiento de un edificio en función de su localización geográfica.

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CTE DB HS. Salubridad

El Código Técnico de la Edificación (CTE) en su Documento Básico de Salubridad (DB HS) tiene como objetivo el requisito básico de higiene, salud y protección del medio ambiente, además de reducir los límites de riesgo de los habitantes que habitan en los edificios, y de igual modo, proteger el posible deterioro que estos edificios pudieran sufrir como consecuencia de las características del proyecto de construcción, uso o mantenimiento.

 

Según el CTE DB HS. Salubridad: ̈Se limitará el riesgo previsible de presencia inadecuada de agua o humedad en el interior de los edificios y en sus cerramientos como consecuencia del agua procedente de precipitaciones atmosféricas, de escorrentías,

del terreno o de condensaciones, disponiendo medios que impidan su penetración o, en su caso permitan su evacuación sin producir daños (…)”

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CTE DB HR. Protección frente al ruido

Según el Código Técnico de la Edificación (CTE) en su Documento Básico de Protección frente al ruido (DB HR) tiene como objetivo aislar del ruido al usuario del edificio.Este aislamiento afectará, tanto al ruido generado en el exterior del edificio, como al de las viviendas colindantes.

 

Según el CTE DB HR. Protección frente al ruido: “Los edificios se proyectarán, construirán y mantendrán de tal forma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas características acústicas adecuadas para reducir la trasmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos (…)”

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CTE DB SI. Seguridad en caso de incendio

Según el Código Técnico de la Edificación (CTE) en su Documento Básico de Seguridad en caso de incendio (DB SI) tiene como objetivo reducir el riesgo que los habitantes de un edificio pudieran sufrir como consecuencia de un incendio.

 

Según el CTE DB SI. Seguridad en caso de incendio: “Se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado, como a otros edificios.

 

La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas pudieran tener, será B-s3,d2 (* ) hasta una altura de 3,5 m como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda altura de la fachada cuando esta exceda de 18 m, con independencia de donde se encuentre su arranque (…)”

 

(*) GECOL dispone de aislamientos térmicos que abarcan desde A2s1d0 hasta Bs1d0.

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Euroclases

Se trata de un sistema de clasificación y ensayos según la norma UNE 13501-1 en el que se aporta información adicional sobre los materiales.
Esta basada en 3 parámetros (energía, humos y gotas) que a su vez generan clases distintas:
A partir de esta clasificación, y con la combinación de las diferentes Euroclases, se pueden conocer las prestaciones que ofrecen los materiales.